La declaración de diligencia debida del EUDR
La declaración de diligencia debida es el documento con el que un operador confirma ante la UE que un producto cumple el EUDR. Normalmente la presenta su comprador, pero se construye con sus datos.
Actualizado el 6 de noviembre de 2026
Quién la presenta
El operador: quien introduce el producto en el mercado de la UE o lo exporta. Debe presentarla en el Sistema de Información de la UE antes de esa operación, y conservarla durante cinco años.
Los operadores posteriores y los comerciantes no presentan declaración propia desde el Reglamento 2025/2650. Por ejemplo, quien fabrica un producto con materia prima ya cubierta por una declaración. Sí deben conservar los datos de sus proveedores y clientes, y el primero de ellos en la cadena, las referencias de las declaraciones.
Las tres etapas de la diligencia debida
- Información (artículo 9): reunir los datos y las pruebas de cada producto.
- Evaluación de riesgos (artículo 10): determinar si el riesgo es nulo o insignificante, teniendo en cuenta el país, la complejidad de la cadena y el riesgo de mezcla, entre otros criterios.
- Mitigación (artículo 11): si el riesgo no es insignificante, tomar medidas hasta que lo sea, por ejemplo pedir más información o hacer auditorías.
Qué información le pedirán
El artículo 9 enumera lo que el operador debe reunir, y buena parte solo la tiene usted:
- Descripción del producto, con nombre comercial y tipo. En la madera, también el nombre científico completo de la especie.
- Cantidad.
- País de producción y, cuando corresponda, la región.
- Geolocalización de todas las parcelas, con la fecha o el periodo de producción.
- Nombre, dirección y correo electrónico de proveedores y compradores.
- Información concluyente y verificable de que el producto está libre de deforestación.
- Información concluyente y verificable de que se produjo conforme a la ley del país: derechos de uso de la tierra, normas laborales, ambientales y fiscales, entre otras.
Qué contiene la declaración
El anexo II fija su contenido: datos del operador, código aduanero, descripción y cantidad del producto, país de producción, geolocalización, referencias a declaraciones anteriores cuando las haya, y la confirmación firmada de que se hizo la diligencia debida y el riesgo es nulo o insignificante.
Al presentarla, el sistema asigna un número de referencia. El operador lo transmite a quien sigue en la cadena, para que el producto siga vinculado a su declaración.
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Fuentes
Esta guía es información general, no asesoría legal.